Paternidad

La palabra Paternity viene de la palabra latina Paternitas que alude al Padre y que significa Paternidad, o sea el estado o condición de ser un padre. La definición legal de paternidad es el reconocimiento o determinación de una relación paternal entre un hombre y un hijo. Pero ante los ojos de la ley, esa relación no es necesariamente biológica. No siempre el padre natural del niño es el hombre que tiene los derechos y responsabilidades sobre el niño. Esta contradicción aparente se basa en la fuerte política pública de proteger el bienestar de los niños asegurando su apoyo financiero, aun si es a expensas de un hombre que no es el padre biológico. Con la promulgación de un Nuevo Estatuto en el 2006, el Estado de Florida ha facilitado mas a un hombre que sea liberado del deber legal de apoyar a un niño que no es suyo, permitiéndole a los varones utilizar evidencia recientemente descubierta para reversar una orden previa de paternidad por parte del Tribunal. Pero la paternidad legal de los padres no biológicos no es aun poco común a causa de, ya sea por equivocación involuntaria, negligencia, o por fraude descarado, y el alivio disponible bajo el nuevo estatuto está sujeto a muchas condiciones y restricciones y este se limita a dejarlo libre de una futura manutención del niño. Generalmente, no se permite la recuperación de ningún pago omitido anteriormente por manutención.

La ley supone que un hijo nacido o concebido por una pareja de esposos es el hijo del esposo aun si se sabe que la esposa mantenía una aventura durante el matrimonio. Esta presunción de la llamada legitimidad del hijo es una de las presunciones más fuertes conocidas por la ley. Fue creada principalmente para proteger los intereses del niño para que recibiera el apoyo de ambos padres. Pero, esta presunción no es absoluta. Puede ser rebatida mediante pruebas claras y convincentes de lo contrario. Aun así, hay algunas situaciones en donde el Tribunal no va a permitir que se impugne la paternidad del niño nacido de una pareja de esposos, sea esta por parte del esposo o por otro padre biológico potencial del niño cuando hacerlo estaría en contra del mayor interés del hijo, como en el caso en que el padre biológico del niño carece de los medios para mantenerlo. Esta es un área de la ley de familia que es extremadamente complicada y no debe ser confrontada por una de las partes sin la asistencia de un abogado experimentado.

Los asuntos sobre paternidad surgen con más frecuencia en niños nacidos fuera del matrimonio. Hay dos razones: una es la tendencia actual, en aumento, de niños nacidos fuera de un matrimonio tradicional. La otra es el requisito de presentar una acción de paternidad en el tribunal para establecer los derechos y obligaciones de los padres con respecto a tales hijos. No existe presunción legal de paternidad cuando un niño nace fuera del matrimonio. El tribunal debe identificar primero al padre, sea a través de un acuerdo entre las partes o basados en los resultados de un examen del DNA antes que el tribunal pueda determinar apropiadamente los derechos y deberes de las partes con respecto a los hijos en las áreas de: responsabilidad de los padres, tiempo a compartir y apoyo financiero. En el caso de hijos nacidos fuera del matrimonio, la acción de paternidad la inicia usualmente la madre quien busca hacer cumplir su derecho a recibir manutención para el hijo por parte del hombre que se supone que sea el padre y por parte del hombre quien cree estar seguro que es el padre para hacer cumplir los derechos paternales de visita y custodia. El Tribunal debe establecer la paternidad en estos casos aun cuando las partes no lo disputen. Esta es la base para formular los derechos y deberes de los padres cuando las partes no están casadas

La Paternidad esta gobernada en Florida por el Capítulo 742 de los Estatutos de Florida. Una acción de paternidad puede ser iniciada por una mujer en embarazo o que tenga un hijo, o por un hombre que tenga razones para creer que él es el padre del niño, o por un hijo para determinar la paternidad cuando esta no se ha establecido. Una acción de paternidad también puede ser presentada por el Estado a nombre de la madre, buscando que los beneficios de asistencia pública sean pagados a la madre para el hijo.

No se permite que el nombre de un hombre no casado aparezca en el certificado de nacimiento de un hijo sin el consentimiento de la madre del niño. La firma de un certificado de nacimiento o de otra declaración de paternidad jurada o notariada, por parte de un hombre, no establece en si la paternidad, sino solo una presunción legal de paternidad que puede ser rebatida con pruebas suficientes en contra. Un reconocimiento jurado de paternidad, sea en un certificado de nacimiento o en otro documento puede ser cancelado dentro de sesenta (60) días pero, tras ese tiempo, solo puede ser cuestionado sobre la base de fraude, coerción, o error substancial. Esto último significa que ambas partes, y no solamente el hombre, estaban equivocados sobre la paternidad del hijo.

La Paternidad es importante desde la perspectiva de una madre no casada que no está recibiendo manutención del padre del niño, ya que es un prerrequisito para una orden de manutención por parte del Tribunal. Pero la cuestión de paternidad presenta un asunto más serio para un hombre. Si el hombre tuvo un hijo fuera del matrimonio, él debe establecer la paternidad por medio de una orden de la corte así como una madre debe hacerlo antes que el Tribunal pueda establecer los derechos, como padres, de cada uno. Pero la naturaleza y la ley imponen un problema adicional sobre un hombre que puede sufrir graves y traumáticas consecuencias por una carga legal de mantenimiento de un hijo que es de otro hombre o en caso de pérdida de una relación paterno-filial con el hijo biológico de un hombre. En ambas situaciones, el resultado se torna más trágico con el hecho que se puede prevenir comprendiendo la ley y por medio de una oportuna acción preventiva.

Ya que el derecho de un hombre de cancelar una declaración jurada o notariada de paternidad, incluyendo el tener su nombre puesto como padre en el certificado de nacimiento, se torna más restringido después de sesenta (60) días, es imperativo que se abstenga de firmar tal reconocimiento si tiene dudas sobre su paternidad. Aun cuando el hombre no objete que es el padre legítimo, debería todavía establecer la paternidad por medio de un examen de DNA para asegurarse que el padre biológico no vaya a hacer valer sus derechos paternales. Por lo menos, un padre que pueda tener dudas sobre su paternidad, debería registrarse en el Registro de Padres Putativos: (http://www.doh.state.fl.us/Planning_eval/Vital_Statistics/Putative.htm). No se puede forzar a una madre a someterse a una prueba de DNA para comprobar la paternidad antes que nazca el niño pero, una vez que el niño nazca, la madre puede ponerlo en adopción. Un hombre debe actuar de inmediato para preservar sus derechos como padre registrándose si el niño aun no ha nacido y radicando una acción para establecer la paternidad después del nacimiento.

Un hombre que no quiera proveer la manutención del hijo de otro hombre o que simplemente busque la certeza de saber si él tiene lazos biológicos con su presunto hijo, debe tomar acción en la etapa más temprana, para objetar su paternidad. Si el hombre está casado, debe solicitar un examen de paternidad dentro de su caso de divorcio. Si no está casado con la mujer cuyo hijo puede haber engendrado, debe radicar inmediatamente una acción de paternidad. En ambos casos, un simple examen de DNA es usualmente concluyente respecto al asunto de la paternidad. Antes de la promulgación de la Sección 742.18 del Estatuto de Florida, un hombre tenía generalmente un año a partir de la fecha de una orden del tribunal estableciendo la paternidad para impugnarla basado en una equivocación o fraude. Bajo este Nuevo Estatuto, el puede reversar sus obligaciones que estén bajo orden del tribunal para mantener a un niño si hay una evidencia reciente, usualmente por medio del resultado de un examen del DNA, que pruebe que no es el padre y que no tomó acción afirmativa como padre después de que se dio cuenta de la nueva evidencia, acción tal como adoptar al niño o haber consentido por escrito en mantener al niño.

Un padre que engendró un hijo fuera del matrimonio tiene que tener mucho cuidado que no ocurra una orden administrativa de paternidad y de manutención a sus espaldas, como sucede a veces. Cuando una madre no casada recibe cualquier asistencia pública, como asistencia social o estampillas de alimentos a nombre de un niño, el Departamento de Ingresos del Estado de Florida, tiene el derecho de buscar que se le reembolse estos beneficios de manutención que el padre de ese niño adeuda. El DOR, Departamento de Ingresos, tiene la facultad de iniciar procedimientos legales a nombre de la madre del niño para establecer la paternidad y luego, para cobrar la manutención de niños de parte del hombre que se determine que es el padre. Ya que el DOR puede iniciar esos procedimientos por medio de correo certificado enviado a la última dirección conocida del hombre que se alega es el padre, existe la posibilidad que cualquier persona en esa dirección acepte ese aviso sin que el supuesto padre se entere nunca. El DOR puede entonces obtener una orden de manutención como la que expide un Tribunal pero sin la salvaguarda de una notificación personal del proceso tal como lo requiere un Tribunal. Puede suceder que el desafortunado hombre ni siquiera se dé cuenta que se ha radicado una orden final de manutención en su contra para un hijo que él no engendró y que lo sepa años mas tarde. Entonces se verá enfrentado a la posibilidad de encarcelamiento si no puede demostrar que era verdaderamente inocente de engañar a nadie al haber fallado en objetar su paternidad mucho antes.

Las consecuencias de un reclamo infundado u objeción sobre este asunto de la paternidad son enormes para la madre, para el hijo, para el padre natural y para el padre legalmente sustituido. Es crucial recibir consejo legal competente al comienzo del proceso en esta situación porque el problema se complica rápidamente si se deja sin tratar. No tarde en buscar nuestra ayuda si siente que puede estar enfrentando posibles problemas de paternidad.

Client Reviews

"Muchas gracias por su tiempo, por la consulta y por educarme en lo que la ley dice de mis derechos. Me sentía avergonzada de preguntarle, pero usted me hizo sentir cómoda, gracias"

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"Apreciado Patrick, No solo tuve suerte de haber encontrado un abogado excelente, sino un amigo. Usted es muy comprensivo y fácil para dialogar"

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Adriana Ramírez y Valeria

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